INSPECCIONES RETILAP

El Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público RETILAP establece los requisitos y medidas que debe cumplir la iluminación o alumbrado público, tendientes a garantizar los niveles y calidades de la energía lumínica requerida en la actividad visual, la seguridad, la protección y la preservación del medio ambiente; previniendo, minimizando o eliminando los riesgos provenientes de la instalación del sistema de iluminación.

Al concluir con la inspección y el proceso, se entrega el dictamen Retilap.

¿A qué tipo de instalaciones aplica el RETILAP?

  • Instalaciones de alumbrado público con más de 25 luminarias, tales como vías, plazoletas, parques y túneles peatonales.
  • Centros de enseñanza, salones de clase y laboratorios.
  • Sistema de iluminación de fachadas, monumentos y demás sitios de interés publico.
  • Los sitios de esparcimiento tales como bares, discotecas, casinos donde se puedan concentrar más de 50 personas deben certificar plenamente los sistemas de alumbrado de emergencia, así como las condiciones de seguridad de las instalaciones de iluminación.
  • Edificaciones residenciales o similares objeto de una misma licencia o permiso de construcción donde se puedan concentrar hasta 100 personas.
  • Viviendas individuales y comercios de áreas construidas mayores a 500 m.
  • Industrias y oficinas con más de 30 puestos de trabajo o 500 m. de área iluminada.
  • Instalaciones de iluminación donde en una misma área cerrada y cubierta se puedan concentrar simultáneamente más de 50 personas, tales como almacenes, centros comerciales, sitios de recreación, espectáculos públicos, centros de salud, hospitales, clínicas, hoteles, auditorios, bibliotecas, estaciones y terminales de transporte, centros de reclusión
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